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Jeanine Áñez será juzgada por la vía ordinaria en caso Senkata; juez se declara competente

La Paz, 24 de enero de 2023

El juez primero en lo penal de El Alto, Marco Amaru, rechazó este martes el pedido de la Bancada de Comunidad Ciudadana (CC) para que el caso Senkata sea trasladado a la Asamblea Legislativa Plurinacional para un juicio de responsabilidades y se declaró competente para procesar en la vía ordinaria a la expresidenta de facto Jeanine Áez por genocidio.

La decisión se tomó en una audiencia de excepción de incompetencia, que se realizó a pedido de víctimas de Senkata, que son patrocinadas por el Servicio Plurinacional de Asistencia a la Víctima (Sepdavi), dependiente del Ministerio de Justicia.

Un juicio de responsabilidades requiere de la aprobación del Órgano Legislativo por dos tercios y se desarrolla ante el Tribunal Supremo de Justicia, mientras que un proceso ordinario sólo requiere de una acusación de la Fiscalía y se juzga en un tribunal de sentencia.

El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI-Bolivia) presentó en agosto de 2021 su informe final sobre lo sucedido en Bolivia entre octubre y noviembre de 2019, en el cual concluyó que en la zona de Senkata, en la ciudad de El Alto, se produjo una masacre, al igual que en Sacaba, Cochabamba.

Las investigaciones concluyeron que las fuerzas de seguridad reaccionaron con un uso desproporcionado de la fuerza. Como resultado, 10 personas perdieron la vida y alrededor de 78 resultaron heridas en medio de un operativo para asegurar la salida de cisternas con combustible de la planta de Senkata para abastecer de éste a estaciones de servicio en la ciudad de La Paz.

El documento confirmó que las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana utilizaron armas letales en su intervención en Senkata durante el 19 de noviembre de 2019.

Áñez fue aprehendida en marzo de 2021 y en junio de 2022 fue condenada a 10 años de prisión en el penal de mujeres de la zona de Miraflores, en La Paz, luego de ser hallada culpable de los delitos de «incumplimiento de deberes» y «resoluciones contrarias a la Constitución», en el caso denominado Golpe de Estado II.

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